Importaciones
Preguntas frecuentes de importación
Puede importarse cualquier mercancía, salvo las expresamente prohibidas por la legislación vigente, como vehículos usados o asbesto. El agente de aduanas revisa la descripción del producto, sus restricciones y los permisos que deben obtenerse antes de presentar la Declaración de Ingreso.
Las que deban someterse a control previo según la legislación, por ejemplo productos vegetales o animales ante el SAG, alimentos o productos sujetos a control sanitario, medicamentos ante el ISP, y recursos hidrobiológicos ante Sernapesca. El agente identifica el organismo competente y verifica que el visto bueno o certificado acompañe la operación.
Debe reunir la factura comercial, documento de transporte, datos del importador y antecedentes del producto. Cuando corresponde la intervención de un agente, este clasifica la mercancía, revisa los documentos, confecciona y presenta la Declaración de Ingreso y hace seguimiento ante Aduanas.
Como regla general, se aplica un derecho ad valorem de 6% sobre el valor CIF y el IVA de 19% sobre el valor CIF más el derecho ad valorem, sin perjuicio de tratados, preferencias y gravámenes adicionales. El agente calcula una estimación con los antecedentes entregados y determina los conceptos que deben declararse; la liquidación final corresponde a Aduanas.
En términos generales, los vehículos pagan el derecho ad valorem y el IVA, además de los impuestos adicionales que correspondan por su naturaleza. El agente revisa la ficha técnica, valor, país de origen y régimen aplicable para preparar la declaración correcta.
El agente revisa la factura, gastos de transporte, seguro y demás antecedentes para determinar el valor en aduana conforme a las reglas de valoración aduanera. También solicita aclaraciones si el precio declarado no coincide con los documentos de la operación.
Analiza la naturaleza, composición, uso y características técnicas del producto para asignar la partida arancelaria correspondiente. Esa clasificación permite establecer derechos, impuestos, restricciones y documentos exigibles; el agente puede pedir fichas técnicas o catálogos para respaldar el análisis.
Si la mercancía cumple las reglas de origen del acuerdo aplicable, puede acceder a una preferencia arancelaria. El agente verifica el origen, revisa el certificado o declaración de origen exigible y solicita que el beneficio se aplique en la Declaración de Ingreso, sujeto a la revisión de Aduanas.
Habitualmente revisa factura comercial, documento de transporte, lista de empaque, certificado de seguro cuando corresponde, certificado de origen y permisos o vistos buenos sectoriales. También contrasta cantidades, pesos, valores y descripción para evitar inconsistencias en la declaración.
El agente informa la selección, coordina la entrega de antecedentes y la disponibilidad de la carga para aforo o revisión documental, y responde los requerimientos formales. La selección, inspección y autorización de retiro son facultades del Servicio Nacional de Aduanas.
El importador debe gestionar la autorización ante el organismo competente, porque cada servicio fija sus propios requisitos. El agente orienta sobre el permiso necesario, comprueba que esté disponible y lo vincula a la destinación aduanera; no puede sustituir la aprobación del servicio fiscalizador.
Debe avisarse de inmediato al agente. Él evalúa si corresponde corregir antecedentes, solicitar una modificación o presentar la documentación complementaria según la etapa del despacho. Declarar información exacta ayuda a evitar demoras, cobros adicionales o infracciones.
El agente puede estimar derechos, IVA, impuestos adicionales y gastos asociados usando el valor de la mercancía, transporte, seguro, tipo de cambio y clasificación. La cotización no reemplaza la liquidación oficial ni incluye necesariamente servicios del transportista, puerto u otros proveedores.
El retiro procede cuando la destinación aduanera ha sido aceptada, los tributos y cargos exigibles están pagados o garantizados y Aduanas autoriza la entrega, además de cumplirse los controles sectoriales. El agente hace seguimiento al despacho y comunica qué condición falta para retirar.
Información referencial. Para el detalle completo y actualizado, consulta el Servicio Nacional de Aduanas , el SAG, ISP y el Servicio de Impuestos Internos.